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El pasado 6 de marzo de 2009 fue expedido el Decreto 672 por el cual se derogó el Decreto 4270 del año anterior, el sentido de la nueva norma es: Autorizar que las empresas que tengan existencias de facturas cambiarias de compraventa y cambiarias de transporte preimpresas con resolución de autorización de la DIAN vigente, puedan seguir usándolas hasta que agoten las existencias o hasta cuando se venza la resolución de autorización, lo que ocurra primero.
De igual forma, permite que si las facturas cambiarias mencionadas no cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos por la Ley 1231 puedan incorporarse por cualquier medio mecánico, mediante un sello, leyenda escrita a máquina, computador o manuscrita, y cumplido lo anterior la factura tendrá la calidad de título valor.
Decreto 672
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